REINVÉNTATE: Crea tu propia empresa en 5 pasos
Todo emprendedor, debe enmarcar su idea de negocio dentro de LA FORMALIDAD, en ese sentido, debe tener claro que en el Perú existen distinto regímenes societarios, los cuales, tienen características especiales, pudiendo adaptarse en mayor o menor medida a sus necesidades. De esta manera, se puede constituir un negocio unipersonal o en sociedad, por ejemplo, una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, Sociedad Anónima de Responsabilidad Limitada, Sociedad Anónima Cerrada, Sociedad Anónima Abierta, etc.
A continuación, te enseñamos como en solo CINCO (5) pasos, puedes crear tu propia empresa.
- Búsqueda y reserva de nombre
Este proceso ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp), te ayudará a verificar si otra empresa cuenta con un nombre igual o similar al que deseas registrar. De estar registrado, deberás pensar en un nombre distinto; de no estar registrado, podrás hacer la reserva del nombre por un período de 30 días calendarios.
¿Que necesitas?
- DNI o Pasaporte;
- Llenar el Formulario de solicitud de Reserva de nombre de Persona Jurídica vía página web de SUNARP: https://www.sunarp.gob.pe/seccion/servicios/detalles/0/d3.html
En caso no desees realizar la reserva del nombre de tu empresa mediante la página web de SUNARP, podrás hacerlo en cualquier Oficina Registral del lugar donde deseas constituir tu empresa: https://www.sunarp.gob.pe/seccion/institucional/oficinas/index.asp
También podrás realizar este procedimiento en los Centros de Mejor Atención al Ciudadano (MAC): http://www.mac.pe/
- Elaborar la Minuta de Constitución
En este documento, la persona o socios que desean constituir una empresa, manifiestan su voluntad de crearla y además, dejan constancia de todos sus acuerdos.
¿Qué debe tener una Minuta?
- Identificación de la persona o socios que desean constituir la empresa. Si la persona o socios son casados, deberán consignar el nombre del cónyuge;
- El nombre de la empresa que se desea crear;
- Descripción de la actividad económica (a que me voy a dedicar);
- Capital social de la empresa (indicar si el aporte del titular o socios es en dinero o bienes);
- El Estatuto, contiene el régimen de directorio, la gerencia, la junta general de accionistas, los deberes y derechos de los socios o accionistas, entre otras cosas del que hacer de la empresa.
OJO: La Ley no exige un monto mínimo de capital social para constituir una empresa.
- Depósito del Capital Social
Una vez se haya suscrito la minuta de constitución de la empresa, deberán abrir una cuenta en el banco de su preferencia, a nombre de la futura empresa y realizar el depósito del capital social.
Es importante destacar que los bancos tienen cuentas provisionales para sociedades en formación; una vez la empresa esté inscrita en la SUNARP y cuente con el R.U.C. de la SUNAT, podrá aperturar en el mismo banco la cuenta definitiva, realizando con esta, todas las transacciones comerciales vinculadas al giro de su empresa.
- Escritura Pública e Inscripción Registral
Luego de depositar en el banco de su preferencia el capital social, deberá ir al Notario. Este, elabora una escritura pública, siendo ella una transcripción de la minuta, la cual es firmada por el emprendedor o los socios.
El Notario enviará el documento debidamente firmado a Registros Públicos para que la empresa sea inscrita. El análisis que realiza Registros Públicos para inscribir la empresa demorará aproximadamente diez (10) días calendarios.
OJO: Los gastos notariales podrán variar, dependerá de la notaría de su elección. Actualmente, todas las notarías cuentan con un tarifario publicados en sus páginas web o de manera física en sus locales.
- R.U.C. y Libros Societarios
Inscrita la empresa en Registros Públicos, deberá tramitar ante la SUNAT el Registro Único del Contribuyente (R.U.C.). El trámite es totalmente gratis, solo deberás llevar los siguientes documentos:
- Copia del documento de identidad del representante Legal;
- Copia de la partida registral (SUNARP) con una antigüedad no mayor a 30 días;
- Recibo de servicio o del autovalúo, para sustentar el domicilio fiscal de la empresa.
Luego de obtener el R.U.C., la empresa deberá contar con los siguientes Libros Societarios, los cuales, deberán ser legalizados notarialmente:
- Libro de Actas de la Junta General de Accionistas;
- Libro de Matrícula de Acciones;
- Libro de Actas de Sesiones de Directorio (en caso la empresa cuente con Directorio).
Ojo: Los Libros Societarios son vendidos en cualquier librería y las tarifas de legalización notarial, pueden variar dependiendo de la notaría.
El proceso de constitución de una empresa no debería demorar más treinta (30) días desde que realizas la reserva del nombre de la empresa hasta la legalización de los Libros de la Sociedad.
Toda persona que realice un emprendimiento debe asesorarse legal y financieramente, con ello, alcanzará sus objetivos y no caerá en infracciones administrativas o en casos más extremos, sanciones penales. LA INFORMALIDAD, es un mal que aqueja a la sociedad peruana, depende de nosotros erradicarla, con ello, podremos aspirar a una sociedad más justa y equitativa.
Si quisieras asesorarte más del tema, puedes solicitar una Asesoría Legal en la sección de Desarrollo Personal de tu membresía MAEx.
Autor: Ronald Valdivia Lau – Director Legal y de Cumplimiento en EstudiaPe.
Muy buena información, porque brinda aportes concretos. Coadyuvan al entorno formal de los negocios.
Gracias por compartir.
Saludos!
¡Gracias!